Translate a otros idiomas

Thursday, December 20, 2012

Preparacion urgente de nuevos dirigentes cubanos.

Tomado de Cafe Fuerte.

 Cuba Noticias de Cuba Política Raúl Castro llama a preparar con urgencia nuevos dirigentes del país Raúl Castro llama a preparar con urgencia nuevos dirigentes del país


DetallesPublicado el Miércoles, 12 Diciembre 2012 06:19 Por Café Fuerte . inShare.0Powered by Agenzia Web

El canciller Bruno Rodr;iguez Parrilla al Buró Político del Comité Central del Partido Comunista.

Por Redacción CaféFuerte



El gobernante Raúl Castro declaró este martes que la tarea de preparar la nueva dirigencia del país es una cuestión vital que no puede esperar y sumó a la élite del Partido Comunista de Cuba (PCC) al canciller Bruno Rodríguez Parrilla.



"En materia de política de cuadros hemos dado pasos positivos, pero el esfuerzo que se necesita es grande y el tiempo apremia… Urge romper el bloqueo de pensamiento que todavía persiste a la hora de seleccionar y preparar a los jóvenes dirigentes”, dijo Castro durante la celebración del V Pleno del Comité Central del PCC, reporta la prensa oficial.



Un informe sobre el pleno partidista fue adelantado la noche del lunes por la emisión estelar del Noticiero Nacional de Televisión.



Castro informó de la designación de Rodríguez Parrilla como nuevo integrante del Buró Político del PCC y destacó la “disciplina y seriedad” con que ha asumido las tareas desempeñadas en su trayectoria de dirigente político y gubernamental. La propuesta fue aprobada por unanimidad por el pleno.



El mandatario cubano, de 81 años, leyó una biografía de Rodríguez Parrilla, que se convierte así en el integrante número 16 del Buró Político.



Un joven de 55 años



Rodríguez Parrilla, que cumplirá 55 años el próximo enero, es Licenciado en Derecho y fungió como profesor en la Universidad de La Habana. Fue presidente de la Federación de Estudiantes de la Enseñanza Media (FEEM) y miembro del Secretariado Nacional de la Federación de Estudiantes Universitarios (FEU).



Formó parte del Comité Nacional de la Juventud Comunista (UJC) en la etapa en que Roberto Robaina lideraba la organización. Cumplió misión internacionalista en Angola, fue director del periódico Juventud Rebelde y estuvo asignado como representante Permanente de Cuba ante la Organización de las Naciones Unidas.



Además estuvo al frente de la Misión Médica en Pakistán tras el terremoto del 2005. Entre 2004-2009 fungió como Viceministro Primero de Relaciones Exteriores. En marzo del 2009, a raíz de la defenestración de Felipe Pérez Roque, su antecesor al frente de la cancillería, es el titular del Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba.



En los últimos días se le ha visto junto a Raúl Castro en los recibimientos y despedidas del presidente venezolano Hugo Chávez, en ocasión de sus viajes a La Habana para el tratamiento médico contra el cáncer que padece.



Castro insistió también en la necesidad de que “los cuadros del Partido y el gobierno a todos los niveles” reciban diplomados de gestión empresarial y administración pública, como parte de los retos que plantea la realidad del país.



Nuevas políticas en estudio



En el pleno, el vicepresidente primero José Ramón Machado Ventura, segundo secretario del Comité Central, presentó el proyecto de los Estatutos del Partido a partir de las modificaciones hechas por los militantes.



Más adelante, Marino Murillo Jorge, jefe de la Comisión Permanente para la Implementación y Desarrollo de las reformas económicas, informó que “se estudian propuestas de nuevas políticas o medidas de superior profundidad y alcance”.



Al abordar la compleja situación demográfica del país, Murillo indicó que se trabaja en un conjunto de medidas dirigidas al cuidado de los adultos mayores, enfrentar el envejecimiento y revertir la baja natalidad.



Murillo consideró que “las tareas que la Comisión de Implementación deberá cumplir durante los próximos dos años serán las más complejas y de mayor impacto en la actualización del modelo económico y en toda la sociedad”, aunque no se precisaron detalles sobre el tema.



Castro indagó entonces acerca de la participación de los dirigentes cubanos en cursos de superación sobre temas económicos, lo cual consideró decisivo para implementar las nuevas medidas en la isla.



De acuerdo con el reporte del diario Granma, al concluir la reunión Castro “convocó a los dirigentes del país a continuar preparándose en los asuntos económicos, “los cuales constituyen la base para el progreso de cualquier sociedad”.



El pleno fue antesala del próximo período de sesiones de la Séptima Legislatura de la Asamblea Nacional del Poder Popular, el cual está finado para el próximo jueves en el Palacio de Convenciones de La Habana.



Paladares y Cafeterias cubanas.

Tomado de Blog Cafe Fuerte.

 Documento: Resoluciones sobre el arrendamiento de locales estatales para paladares y cafeterías Documentos


Documento: Resoluciones sobre el arrendamiento de locales estatales para paladares y cafeterías

DetallesPublicado el Viernes, 09 Noviembre 2012 06:17 Por Café Fuerte . inShare.0Powered by Agenzia Web

Textos de las resoluciones de los ministerios de Comercio Interior, Finanzas y Precio y Trabajo y Seguridad Social sobre el arrendamiento de locales estatales por cuentapropistas del sector gastronómico.

Gaceta Oficial No. 050 Ordinaria de 6 de noviembre de 2012



COMERCIO INTERIOR

RESOLUCION 241/2012



POR CUANTO: La experiencia acumulada en las unidades de peluquería y barbería con el sistema de gestión de arrendamiento de locales para el trabajo por cuenta propia y la reciente aprobación para su extensión en otras actividades de servicios, aconsejan su aplicación gradual en instalaciones de los servicios gastronómicos.



POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas en el Apartado Tercero, numeral cuatro, del Acuerdo número 2817 de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros,



Resuelvo:



PRIMERO: Aprobar el siguiente:



“Reglamento para el Sistema de Gestión Económica de Arrendamiento de locales para el Trabajo por Cuenta Propia en los Servicios Gastronómicos”.



CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES



ARTÍCULO 1.1.- El presente Reglamento tiene como objetivo establecer las normas para el funcionamiento del Sistema de Gestión Económica de arrendamiento de locales para el trabajo por cuenta propia en los servicios gastronómicos.

2. Estas normas son aplicables en unidades gastronómicas pertenecientes a las Empresas Provinciales o Municipales de Comercio y Gastronomía, subordinadas a los Consejos de Administración Provincial, donde laboren hasta 5 trabajadores.



ARTÍCULO 2.1.- Los trabajadores vinculados laboralmente a las unidades gastronómicas seleccionadas, pueden acogerse al Sistema de Gestión al que se contrae el presente Reglamento, en condición de trabajadores por cuenta propia y se relacionan con la empresa por medio de un contrato de arrendamiento.



2. Los servicios a prestar en este Sistema de Gestión, que constituyen actividades por cuenta propia autorizadas son:



a) Elaborador vendedor de alimentos y bebidas mediante servicio gastronómico (Paladares); y

b) elaborador vendedor de alimentos y bebidas no alcohólicas al detalle en puntos fijos de venta (Cafeterías).



ARTÍCULO 3.1.- Los trabajadores pueden acogerse al sistema de gestión como titulares de la autorización en las actividades gastronómicas señaladas en el apartado anterior.

2. En las unidades donde laboren dos o más trabajadores, de mutuo acuerdo pueden desempeñarse como titulares de las autorizaciones en la actividad gastronómica seleccionada, compartiendo el local en arrendamiento; o parte de ellos pueden optar por una autorización como trabajador contratado.

De no llegar a acuerdo en ese sentido, la decisión recaerá en el trabajador de mayor antigüedad laboral en el colectivo.

Donde laboren más de tres trabajadores pueden designar un coordinador que puede ser uno de los propios trabajadores por cuenta propia u otro con-tratado por ellos.



ARTÍCULO 4.1.- El nomenclador de productos para cada actividad es el siguiente:

1.1- Elaborador vendedor de alimentos y bebidas no alcohólicas al detalle en puntos fijos de ven-tas (Cafeterías).

a) comestibles: productos alimenticios elaborados ofertados por raciones, comidas, entremés, bocaditos, sándwich, fiambres, emparedados y repostería;

b) bebidas no alcohólicas: refrescos, jugos y batidos; y

c) cigarros y tabacos.

1.2- Elaborador vendedor de alimentos y bebidas mediante servicios gastronómicos (Paladares).

a) Comestibles: productos alimenticios elabora-dos, comidas, entremés, bocaditos, sándwich, fiambres, emparedados y repostería;

b) bebidas no alcohólicas: refrescos, jugos y batidos;

c) bebidas alcohólicas: coctelería, los rones, vinos y licores por tragos y cervezas; y

d) cigarros y tabacos.

2. En las unidades gastronómicas donde existan mesas, sillas o banquetas al momento de aplicar el modelo de gestión pueden brindar el servicio con esos medios.

3. En las unidades gastronómicas donde el o los trabajadores opten por una licencia como elaborador vendedor de alimentos y bebidas mediante servicios gastronómicos (Paladares), pueden incorporar al servicio, mesas, sillas o banquetas, hasta el límite de cincuenta (50) plazas, si existiera capacidad para ello.



ARTÍCULO 5.- El arrendamiento de locales de las unidades gastronómicas seleccionadas se rige por los principios siguientes:

a) los inmuebles, equipos y otros medios que se incluyan en el contrato de arrendamiento, continúan en propiedad del Estado, en uso y ad-ministración de las empresas o entidades;

b) los útiles y herramientas de trabajo que constituyen inventarios de las unidades que se arriendan, pueden venderse a los arrendatarios;

c) los días de servicio, horarios de apertura y cierre son determinados por los arrendatarios;

d) los precios de los productos y servicios se liberan y se establecen de acuerdo con la oferta y la demanda, con excepción de cigarros, tabacos y bebidas alcohólicas, que mantendrán el precio oficialmente establecido;

e) los combustibles que son actualmente utiliza-dos para la cocción de alimentos se venderán a precios sin subsidios;

f) los arrendatarios adquieren las materias primas e insumos para la prestación del servicio gastronómico en la red minorista;

g) para la compra de cigarros, tabacos y bebidas alcohólicas, se definirán los puntos de venta y el procedimiento a aplicar, considerando las disposiciones vigentes en materia de servicios bancarios para las personas naturales;

h) se exonera del pago del arrendamiento hasta un año, a aquellos trabajadores por cuenta propia que asuman la reparación de los loca-les, en el primer año de trabajo y por única vez; y

i) el contrato se puede suscribir por período de hasta 10 años, prorrogable por acuerdo entre las partes.



CAPÍTULO II

DE LAS OBLIGACIONES DE LAS PARTES



SECCIÓN I

De las obligaciones de la empresa



ARTÍCULO 6.- Son obligaciones de la empresa las siguientes:

a) suscribir contrato de arrendamiento con los titulares de la autorización, reflejando en anexo la relación de trabajadores contratados;

b) cobrar, en los primeros diez días de cada mes, el importe correspondiente al arrendamiento del mes anterior, entregando comprobante por dicho concepto;

c) proponer al Consejo de Administración Municipal la exoneración del pago del arrenda-miento hasta un año a aquellos trabajadores por cuenta propia que asuman la reparación de los locales, en el primer año de trabajo y por única vez. De resultar aprobada, emitir certificación donde conste el importe exonerado;

d) controlar que las unidades se utilicen con el fin para el cual están destinadas;

e) resarcirse de los adeudos de los trabajadores, cuando estos se produzcan por causa del in-cumplimiento de lo pactado en el contrato;

f) informar a la Oficina Nacional de Administración Tributaria correspondiente la suspensión del Contrato de Arrendamiento en los casos que proceda, o de las modificaciones que se produzcan por baja o incorporaciones de los titulares de las autorizaciones, así como la relación de trabajadores contratados;

g) actualizar y entregar los expedientes laborales a los trabajadores que se acogen a esta modalidad;

h) comprobar de forma directa con los Consejos Populares, la marcha del Sistema de Gestión Económica y efectuar mensualmente evaluaciones de los resultados, adoptando las medidas necesarias ante cualquier desviación en su funcionamiento;

i) efectuar conciliaciones mensuales con la Dirección de Trabajo Municipal, la Oficina Nacional de Administración Tributaria y demás entidades que participan en el Sistema;

j) comunicar a la Organización Básica Eléctrica, la Dirección de Acueducto y Alcantarillado y ETECSA, los locales a arrendar para la aplicación de las tarifas correspondientes al sector residencial;

k) efectuar el arrendamiento, previa autorización contractual con la empresa administradora del inmueble estatal, de los locales o áreas que no estén bajo su administración. En este supuesto los gastos de electricidad, gas, agua, anuncios, propaganda y teléfono se les incluyen en la tarifa de arrendamiento;

l) cobrar como garantía, el equivalente al valor de la tarifa mensual de arrendamiento, en forma de depósito; y

m) observar y cumplir lo establecido en este Reglamento.



SECCIÓN II

De las obligaciones de los titulares



ARTÍCULO 7.1.- Son obligaciones comunes de los titulares de las autorizaciones y de los trabaja-dores contratados:

a) realizar la inscripción en la Dirección de Trabajo Municipal y en la Oficina Nacional de Administración Tributaria, dentro de los 15 días posteriores a la firma del contrato de arrendamiento;

b) prestar los servicios con la calidad requerida;

c) responder por el orden y la limpieza del local de trabajo; y

d) observar y cumplir lo establecido en este Reglamento.



2. Los titulares de las autorizaciones tienen además las obligaciones siguientes:

a) suscribir el contrato de arrendamiento con la empresa;

b) destinar el local, equipos y medios arrendados al uso convenido y devolverlo en las mejores condiciones, efectuando los mantenimientos y reparaciones que se requieran, asumiendo los costos de estos;

c) las reparaciones de los locales se efectuarán sin realizar alteraciones y modificaciones en su estructura, que hagan variar sus elementos identificativos;

d) adquirir los insumos y productos necesarios para la prestación del servicio;

e) pagar la tarifa de arrendamiento del inmueble, en los primeros diez días del mes siguiente a aquel que se liquida;

f) pagar los gastos en que incurren por concepto de electricidad, agua, teléfono, anuncio y propaganda, conforme a las tarifas establecidas por los organismos competentes;

g) cumplir con las normas sobre el ornato público, regulaciones urbanísticas, seguridad y salud en el trabajo, higiene comunal y sanitaria;

h) tener visible el horario de apertura y cierre del local, los días de servicio y el precio de la oferta gastronómica;

i) mantener el nombre comercial con el que está identificada y registrada la unidad;

j) pagar como garantía, el equivalente al valor de la tarifa mensual de arrendamiento, en forma de depósito; y

k) abstenerse de subarrendar el local a personas naturales o jurídicas.



CAPÍTULO III

DE LAS TARIFAS DE ARRENDAMIENTOS



ARTÍCULO 8.1.- De conformidad con lo dispuesto en la Resolución número 349 de fecha 18 de octubre de 2012, del Ministerio de Finanzas y Precios, la empresa presenta para su aprobación al Consejo de la Administración Municipal (CAM), las propuestas de tarifas de arrendamiento por metros cuadrados, oído el parecer de las Direcciones Municipales de Finanzas y Precios, atendiendo a las características y dimensiones de la unidad, la zona en que se encuentre y su ubicación dentro de esta, sobre la base de que cubran los gastos en que se incurra en el ejercicio de la actividad.

2. La empresa habilita y conserva el expediente que incluya las tarifas aprobadas, las bases de cálculo, datos e informaciones utilizadas para su conformación, las consideraciones emitidas por la Dirección Municipal de Finanzas y Precios, el efecto económico que se obtendrá como resultado de esta aplicación, así como las evidencias en casos de modificaciones.

3. Las tarifas de arrendamiento se revisan anual-mente.



ARTÍCULO 9.1.- Los contratos de arrenda-miento con la empresa se suscriben de forma individual por cada titular de la autorización.

2. En las unidades donde dos o más trabajadores compartan la unidad arrendada en esta condición, el contrato de arrendamiento se suscribe con cada uno de ellos por el valor resultante de dividir el importe total de la tarifa entre la cantidad de arrendatarios.



ARTÍCULO 10.- Las empresas aportan el 60 % de los ingresos que captan por concepto de arrendamiento de los locales o áreas que no son de su patrimonio al presupuesto del estado, por el párrafo No. 106041 “Otros Ingresos no Tributarios”.



ARTÍCULO 11.- El Ministerio del Comercio Interior, organizará comprobaciones que permitan mantener la evaluación y control del Sistema de Gestión.



CAPÍTULO IV

DE LA TERMINACION DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO



ARTÍCULO 12.- Son causales de terminación del contrato:

a) incumplimiento del contrato por las partes;

b) la expiración del término de vigencia del con-trato por el cual fue suscrito;

c) por voluntad expresa de las partes; y

d) por cualquier otra causa establecida legal-mente.



DISPOSICION FINAL

ÚNICA: A los trabajadores contratados por tiempo indeterminado y aquellos que se encuentran cumpliendo el servicio social en las unidades gastronómicas seleccionadas, tienen prioridad para su incorporación al Sistema de Gestión Económica en la modalidad de arrendamiento de locales según lo establecido en el presente Reglamento.



SEGUNDO: La presente Resolución entra en vigor el 1ro. de diciembre de 2012.



DESE CUENTA a los ministros de Trabajo y Seguridad Social, Finanzas y Precios, Economía y Planificación, a la Jefa de la Oficina Nacional de Administración Tributaria y a los Presidentes de los Consejos de la Administración Provincial y del municipio especial Isla de la Juventud.



COMUNÍQUESE a los Viceministros, Delega-dos, a los Directores Provinciales de Comercio, la Gastronomía y los Servicios, de Grupos Empresa-riales y Direcciones Estatales de Comercio y Gastronomía, de Trabajo y Seguridad Social y de Finanzas y Precios, y de las Empresas Municipales de Comercio y Gastronomía.



PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la Re-pública.



ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica, Organización y Sistema de este Organismo.



DADA en La Habana, a los 18 días del mes de octubre de 2012.



Mary Blanca Ortega Barredo

Ministra del Comercio Interior



FINANZAS Y PRECIOS

RESOLUCION 349/2012



POR CUANTO: La Ley No. 73, “Del Sistema Tributario”, de fecha 4 de agosto de 1994, esta-blece los impuestos sobre los Ingresos Personales y sobre los Servicios Públicos y la Contribución Especial de los trabajadores beneficiarios de la Seguridad Social, a cuyo pago se obligan las per-sonas naturales; y el Decreto-Ley No. 278, de fecha 30 de septiembre de 2010, modificado por el Decreto-Ley No. 284 de 2 septiembre de 2011, regula el régimen especial de seguridad social para los trabajadores por cuenta propia; así como mediante el Acuerdo No. 3944, de fecha 19 de marzo de 2001, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, fueron aprobados con carácter pro-visional, las funciones y atribuciones específicas de este Ministerio, entre las que se encuentra la de dirigir y controlar la labor de formación, fijación y modificación de los precios y tarifas; y la política financiera del país que incluye lo relacionado con el aporte de los ingresos no tributarios.



POR CUANTO: La Resolución No. 241, de fe-cha 18 de octubre de 2012, dictada por la Ministra del Comercio Interior, establece el Reglamento para el Sistema de Gestión Económica de Arren-damiento de locales para el Trabajo por Cuenta Propia en los Servicios Gastronómicos, con aplicación gradual y en la Resolución No. 298, de 6 de septiembre de 2011, dictada por la que resuelve, se establece el tratamiento tributario para los trabajadores por cuenta propia, la que resulta necesario adecuar para los trabajadores que se incorporen al referido Sistema de Ges-tión Económica.



POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas, en el Apartado Tercero, numeral Cuarto del Acuerdo No. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros,



Resuelvo:



PRIMERO: Establecer el pago de los Impues-tos sobre los Servicios Públicos, por la Utilización de la Fuerza de Trabajo, sobre los Ingresos Perso-nales, y la Contribución a la Seguridad Social conforme a lo dispuesto en la Resolución No. 298 de fecha 6 de septiembre de 2011, dictada por la que resuelve con las adecuaciones que por la pre-sente se establecen, para los trabajadores por cuenta propia que se incorporen al Sistema de Gestión Económica, como titulares de la autoriza-ción en las actividades de “Elaborador vendedor de alimentos y bebidas mediante servicios gastro-nómicos (paladares)” y “Elaborador vendedor de alimentos y bebidas no alcohólicas al detalle en puntos fijos de ventas (cafeterías)”, a través de contratos de arrendamientos suscritos con las em-presas gastronómicas que apliquen el referido Sistema de Gestión.



SEGUNDO: El pago del Impuesto sobre los Servicios Públicos, se efectúa sobre la base de los ingresos generados, aplicando un tipo impositivo de un diez por ciento (10 %).



TERCERO: El pago del Impuesto por la Utili-zación de la Fuerza de Trabajo se realiza de con-formidad con lo establecido en la mencionada Resolución No. 298 de 6 de septiembre de 2011 del Ministerio de Finanzas y Precios.



CUARTO: A los efectos del pago de los im-puestos sobre los Ingresos Personales y sobre los Servicios Públicos, no se considerarán los ingre-sos obtenidos como resultado de la venta de ciga-rros y tabacos.



QUINTO: Para el cálculo del Impuesto sobre Ingresos Personales, al total de los ingresos obte-nidos en el año fiscal, se le deducirán los siguien-tes conceptos:

a) Un mínimo exento de diez mil pesos cubanos (10 000,00 CUP);

b) hasta el cuarenta por ciento (40 %) por con-cepto de gastos propios de la actividad;

c) el importe total por la adquisición de Ron em-botellado a precios de población, según el procedimiento establecido por el Ministerio del Comercio Interior; que adquieran las per-sonas vinculadas a este modelo de gestión con licencia de “Elaborador vendedor de alimentos y bebidas mediante servicios gastronómicos (paladares)”;

d) el arrendamiento del local, incluyendo las cuantías exoneradas cuando asuman repara-ciones, las que deben ser justificadas docu-mentalmente; y

e) los tributos pagados asociados a la actividad.

La empresa arrendadora en los casos que se asuman reparaciones del local y se les exonere del pago de las tarifas de arrendamiento, deberá emi-tir Certificación del importe exonerado. Cuando se abone la tarifa, el justificante lo constituye el comprobante de pago emitido por la mencionada entidad.



SEXTO: Al resultado obtenido en el apartado anterior, se le aplica la escala progresiva aprobada para los trabajadores por cuenta propia.



SÉPTIMO: Los trabajadores por cuenta propia asociados a este Sistema de Gestión, efectúan pagos anticipados a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Personales, abonando como cuotas mí-nimas mensuales las siguientes:

a) Setecientos pesos cubanos (700.00 CUP) para los titulares de la autorización en la actividad de “Elaborador vendedor de alimentos y bebi-das mediante servicios gastronómicos (palada-res)” y;

b) cuatrocientos pesos cubanos (400.00 CUP) para los titulares de la autorización en la acti-vidad de “Elaborador vendedor de alimentos y bebidas no alcohólicas al detalle en puntos fijos de ventas (cafeterías)”.

Las cuotas mínimas podrán ser incrementadas por los Consejos de la Administración municipales, previo cumplimiento de lo establecido en los artículos 20 y 21 de la mencionada Resolución No. 298 de 2011.



OCTAVO: Exonerar del pago de los impuestos sobre los Servicios Públicos, por la Utilización de la Fuerza de Trabajo y los pagos anticipados a cuenta del Impuesto sobre Ingresos Personales, en los tres primeros meses, contados a partir de su inscripción en el registro de contribuyentes. Du-rante este periodo solo pagarán la Contribución a la Seguridad Social, en los casos que corresponda.



NOVENO: Facultar a los Consejos de la Ad-ministración Provincial del Poder Popular y al del municipio especial Isla de la Juventud a establecer el procedimiento para la determinación y aproba-ción de las tarifas por metros cuadrados (m²) para el arrendamiento de los locales a los trabajadores referidos en la presente, a propuesta de las entida-des autorizadas a aplicar el Sistema de Gestión, oído el parecer de las direcciones provinciales de Finanzas y Precios.



DÉCIMO: Las tarifas se aprobarán por los con-sejos de la Administración municipales, a pro-puesta de las empresas autorizadas oído el parecer de las direcciones municipales de Finanzas y Pre-cios, en correspondencia con la ubicación de los establecimientos, u otro tipo de clasificación, sus características y dimensiones; sobre la base de que cubran los gastos en que se incurra en el ejercicio de la actividad.



UNDÉCIMO: El trabajador por cuenta propia una vez que suscriba el contrato de arrendamiento del local con la empresa y obtenga la autorización correspondiente de la dirección de Trabajo muni-cipales, debe acudir dentro de los quince (15) días naturales posteriores, a la Oficina Nacional de Administración Tributaria de su domicilio fiscal, a tramitar la inscripción o actualizar la situación fiscal en el Registro de Contribuyentes.



DUODÉCIMO: Las entidades que captan in-gresos por concepto de arrendamiento de locales o áreas que no son de su patrimonio, aportan el se-senta por ciento (60 %) de los mismos al Presu-puesto del Estado, por el párrafo No. 106041 ¨Otros Ingresos no Tributarios¨, del vigente Clasi-ficador de Recursos Financieros del Presupuesto del Estado.



DECIMOTERCERO: Los trabajadores por cuenta propia asumirán además, los gastos de electricidad, agua y teléfono, en los que incurran en los locales arrendados, conforme a las tarifas establecidas para el sector residencial, así como los gastos de anuncios y propagandas.

Los combustibles actualmente utilizados para la cocción de alimentos, se venderán a precios sin subsidios.



DECIMOCUARTO: La Oficina Nacional de la Administración Tributaria queda responsabilizada con establecer los mecanismos de conciliación y control que correspondan de conjunto con las direc-ciones de trabajo municipales y las empresas a las que pertenezcan las unidades arrendadas.



DECIMOQUINTO: La presente Resolución entra en vigor el 1ro. de diciembre de 2012.



DESE CUENTA de la presente a las ministras del Comercio Interior y de Trabajo y Seguridad Social, al Ministro de Economía y Planificación y a los presidentes de los consejos de la Adminis-tración provinciales y al del municipio especial Isla de la Juventud.



COMUNÍQUESE la presente a la Jefa de la Oficina Nacional de Administración Tributaria.



PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.



ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurí-dica de este Ministerio.



DADA en La Habana, a los 18 días del mes de octubre de 2012.



Lina Olinda Pedraza Rodríguez

Ministra de Finanzas y Precios



TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESOLUCION 46/2012



POR CUANTO: Mediante Resolución No. 241 de fecha 18 de octubre de 2012, dictada por la Ministra del Comercio Interior, se establece el Reglamento para el sistema de gestión económica de arrendamiento de locales para el trabajo por cuenta propia en los servicios gastronómicos, en las empresas municipales de Comercio y Gastro-nomíaque se aplica gradualmente en unidades donde laboren hasta cinco trabajadores en las ac-tividades de alimentos.



POR CUANTO: Resulta necesario establecer el tratamiento laboral y de seguridad social que co-rresponde a los trabajadores de las unidades que se incorporan al mencionado sistema de gestión económica.



POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas en el Apartado Tercero numeral 4, del Acuerdo No. 2817 de 25 de no-viembre de 1994 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros,



Resuelvo:



PRIMERO: La empresa municipal de Comer-cio y Gastronomía, en lo adelante la empresa, en las unidades gastronómicas donde laboren hasta cinco trabajadores, cuyas plazas serán amortiza-das, propone a estos pasar a la condición de traba-jadores por cuenta propia, a los efectos del nuevo sistema de gestión económica de arrendamiento de locales para el trabajo por cuenta propia en los servicios gastronómicos.



SEGUNDO: Los trabajadores asalariados que se incorporen al sistema de gestión económica en la modalidad de arrendamiento de locales, se ins-criben en las direcciones de Trabajo municipales correspondientes, como trabajadores por cuenta propia en las actividades de Elaborador vendedor de alimentos y bebidas mediante servicio gastro-nómico (Paladares), Elaborador vendedor de alimentos y bebidas no alcohólicas al detalle en punto fijo de ventas (Cafeterías) y trabajador contratado.



TERCERO: Los trabajadores se inscriben co-mo trabajadores por cuenta propia, titulares de las autorizaciones para las actividades mencionadas o como trabajador contratado, según lo acuerden, a todos los efectos legales, respecto a sus deberes y derechos, incluyendo su afiliación al régimen especial de seguridad social, en los casos que pro-ceda conforme establece el Decreto-Ley No. 278 de 30 de septiembre de 2010.



CUARTO: La administración de la empresa abona a los trabajadores que se incorporen al tra-bajo por cuenta propia la liquidación en efectivo de las vacaciones anuales pagadas pendientes de disfrutar, así como actualizan y les entregan los expedientes laborales.



QUINTO: A los trabajadores asalariados que decidan no incorporarse a esta modalidad, se les aplica el tratamiento laboral regulado en la Reso-lución No. 34 de 6 de septiembre de 2011, Regla-mento sobre el tratamiento laboral y salarial aplicable a los trabajadores disponibles e interruptos.



SEXTO: Los trabajadores se mantienen em-pleados en la empresa percibiendo los salarios o prestaciones correspondientes, en caso de no ser posible su incorporación inmediata a la modalidad de trabajo por cuenta propia, en el término y las condiciones que se decidan por la autoridad facul-tada, debido a las causas siguientes y hasta que estas concluyan:

a) encontrarse en el disfrute de vacaciones anua-les pagadas;

b) estar incapacitados temporalmente por enfer-medad o accidente de origen común o del tra-bajo;

c) participar en movilizaciones militares u otras de interés económico y social;

d) estar disfrutando del período de licencia de maternidad, retribuida o no, o de la prestación social; y



e) estar disfrutando de otras licencias legalmente concedidas.



SÉPTIMO: A las personas que no procedan de la empresa y se incorporen al sistema, se les apli-ca lo establecido en el Apartado Tercero de esta Resolución.



OCTAVO: La presente Resolución comienza a aplicarse a partir del primero de diciembre del 2012.



PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la Re-pública.



ARCHÍVESE el original en el protocolo de la Dirección Jurídica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.



DADA en La Habana, a los 22 días del mes de octubre de 2012.



Margarita M. González Fernández

Ministra de Trabajo y Seguridad Social



Homenaje a Meme Solis en Cuba.

Tomado de Cafe Fuerte.

Anuncian homenaje a Meme Solís en Cuba


DetallesPublicado el Martes, 18 Diciembre 2012 14:49 Por Café Fuerte . inShare.0Powered by Agenzia Web

El cuarteto los Meme: de izquierda a derecha, Meme, Miguel Angel Piña, Héctor Téllez y Farah María.

Por Wilfredo Cancio Isla





La música del legendario Meme Solís volverá a escucharse en La Habana en las voces de una treintena de cantantes cubanos que le rendirán homenaje en un espectáculo fijado para los días 5 y 6 de enero en el Teatro América.



Otro Amanecer: la música de Meme Solís en las voces de los principales intérpretes de Cuba se titula el espectáculo que bajo la dirección del experimentado Raúl de la Rosa ha convocado a celebridades de la canción romántica de varias épocas, desde Rosita Fornés, Ela Calvo, Farah María y Miguel Angel Piña hasta Ivette Cepeda, Vania Borges y Yaíma Sáez.



Se trata de una iniciativa sin precedentes en el panorama cultural cubano, considerando las posiciones críticas de Meme Solís hacia el régimen que lo condenó al ostracismo y le obligó a tomar el camino del exilio en 1987.



La idea original, guión y puesta en escena del espectáculo es de De la Rosa, un veterano director de grandes producciones musicales y de variedades en Cuba.



"Esto es posible gracias al gran esfuerzo de Raúl de la Rosa, un gran productor cubano. Junto a mi público de siempre y unido a estas nuevas generaciones de artistas y otros colegas de toda una vida, él hará realidad lo que parecía imposible", expresó Meme en conversación con CaféFuerte. "Siempre tuve la certeza de que pasaría algún día para mí y para todos los artistas que intentaron borrar del patrimonio cultural de Cuba. No lo lograron".



No es el momento de ir a Cuba





Sin embargo, Meme, que reside en Nueva York, descartó la posibilidad de viajar a Cuba en ocasión del homenaje.



"Llevan muchos años invitándome por diferentes vías e entidades pero aún no es el momento de ir", afirmó el compositor, que mostró satisfacción por la conformación del programa.



"Como puedes ver, en el elenco están todas las generaciones que han admirado y cantando mi música. Sigo vivo", agregó. "Algunos son colegas e interpretes míos de toda la vida, otros son de las nuevas generaciones que aun sin conocerme cantan mi obra".



Y dijo sentirse profundamente agradecido con el pueblo de Cuba.



"A pesar de estar ausente de los escenarios cubanos por 30 años o más, mis seguidores allá no me olvidan. Estoy muy agradecido sobre todo por el respeto y la admiración que siempre me han profesado colegas y público", consideró Meme, que recordó que su salida de Cuba rumbo a Madrid ocurrió en una fecha simbólica: 22 de noviembre de 1987, dia de Santa Cecilia, patrona de los músicos.



Ninguneado por la cultura oficial, la música de Meme ha comenzado a cantarse nuevamente en teatros y espacios artísticos de la isla.



En el 2010, el cantautor Pablo Milanés grabó "Qué infelicidad", una de las canciones emblemáticas de Meme.



Templo de variedades



El homenaje a Meme ocupará por dos días la escena de uno de los templos de las variedades y el espectáculo musical en Cuba, con capacidad para 1,775 espectadores.



Un empleado del teatro dijo este martes que los boletos para el espectáculo estarán a la venta al público a partir de la semana entrante.



Compositor, pianista y cantante, Meme inició su carrera siendo muy joven. Fue pianista acompañante de Olga Guillot, Elena Burke y Fernando Albuerne.



Se convirtió en una figura de arrasadora popularidad en Cuba a partir de 1960, con la fundación del cuarteto vocal que incialmente contó con Moraima Secada como voz femenina. Luego el grupo cambió de formato y quedó intergrado por Farah María, Héctor Téllez y Miguel Angel Piña.



De ellos, sólo Téllez no participará en el homenaje del Teatro América por compromisos de trabajo. Moraima Secada falleció en 1984.



El Cuarteto de Meme Solís fue pronto identificado como Los Meme, escalando a la cima de las preferencias musicales en la isla. Por esos años Meme conducía además junto a Elena Burke y Luis García el espacio radial A solas contigo, de altísima audiencia dentro y fuera de la isla.



Otro amanecer, el mito



Su balada "Otro Amanecer" se convirtió en un himno entre los cubanos, consolidando a Meme como uno de los mitos de las música popular en la isla. En 1967 inauguró el I Festival de la Canción de Varadero, y junto a Bola de Nieve acompaña a Josephine Baker en una larga temporada en el Teatro García Lorca de La Habana.



La agrupación se disolvió en 1969 luego que Meme solicitara la salida definitiva del país y fuera relegado al silencio en los medios oficiales. El resto de los integrantes reiniciaron sus carreras como solistas.



No fue hasta 18 años después de su petición que logró salir de Cuba por gestiones del entonces presidente español Felipe González.



Su trayectoria creativa acumula más de 300 composiciones y 15 discos. En el 2007 celebró el 50 aniversario de su carrera artística.



Meme anunció que su próximo concierto en Miami será junto a María Martha Serra Lima en el Teatro Manuel Artime de La Pequeña Habana, los días 23 y 24 de marzo.



OTRO AMANECER: La música de MEME SOLÍS en las voces de los principales intérpretes de Cuba.



TEATRO AMÉRICA, 5 y 6 de Enero de 2013



Idea original, guión y puesta en escena: RAÚL DE LA ROSA



Interpretes: Rosita Fornés, Ela Calvo, Farah María, Miguel Angel Piña, Olga Navarro, Mario Aguirre, Rosa María Medel, María Victoria Gil, Haila, Vania Borges, Ivette Cepeda, Isabelita Iñigo, Génesis, Los Cuatro, Yaíma Sáez, Marta Campos, Rafael Espín, Georgeana, Laritza Bacallao, Yolíe, Sandra Orce, Aurora Delgado, Yunier Díaz, Saeed Mohamed, Luanda, Dani Barrios, Vocal Voces, José Manuel, Laura, Yamir Gaínza, Jeckson, Carlos Vargas, Roberto González (pianista) y el Ballet Teatro América.



Mas impuestos a cuentapropistas de La Habana Vieja.

Tomado de Cafe Fuerte.

Cuba Noticias de Cuba Economía y Negocios Gobierno cobrará más impuestos a cuentapropistas de la Habana Vieja Gobierno cobrará más impuestos a cuentapropistas de la Habana Vieja


DetallesPublicado el Miércoles, 19 Diciembre 2012 06:15 Por Ivette Leyva Martínez . inShare.0Powered by Agenzia Web

Dandy en La Habana Vieja



Por Ivette Leyva Martínez





Disfrazarse como dandy o habanera en el casco histórico de la Habana Vieja tendrá un costo mensual a partir del próximo año, según una nueva regulación que fija impuestos adicionales para este tipo de trabajadores privados.



A partir del 1ro de enero, los cuentapropistas que laboren en la zona de conservación -atendida por la Oficina del Historiador de la Ciudad de La Habana- deberán pagar un 10 por ciento de sus ingresos personales para la contribuir a la "restauración y preservación" de los bienes patrimoniales del lugar, de acuerdo con la Resolución 394/2012 del Ministerio de Finanzas y Precios.



La resolución se publicó este mes en una edición ordinaria de la Gaceta Oficial y se inscribe dentro de la política de recargos impositivos hacia el emergente sector privado y la población en general que impulsa el gobierno de Raúl Castro. Una nueva ley de impuestos comenzará a aplicarse en el país a partir de enero.





El dinero que deberán erogar los cuentapropistas asociados a la actividad artística y la ambientación costumbrista en esta zona representa un recargo sobre las cuotas tributarias mensuales ya existentes, y el monto impositivo será revisado anualmente por el Ministerio de Finanzas y Precios a propuesta de la Oficina del Historiador de La Habana, que es dirigida por Eusebio Leal.



Vinculados al turismo



La medida afectará a un sector laboral que se desempeña en un ámbito de alta afluencia de turismo extranjero, y que se beneficia de pagos y propinas en divisas.



"Los pagos de las contribuciones anteriormente referidas son independientes a los de las cuotas tributarias mensuales, consolidadas o a cuenta sobre Ingresos Personales, que estos trabajadores por cuenta propia deban aportar al Presupuesto del Estado", precisa el documento.



El nuevo impuesto debe ser abonado a la Oficina del Historiador "dentro de los 20 primeros días naturales del mes siguiente al que se liquida".



Solo en casos excepcionales la Oficina del Historiador podrá autorizar un término de pago distinto al que establece la disposición ministerial.



La resolución establece tasas fijas de impuestos mensuales para cartománticas, caricaturistas y pintores callejeros, peladores de frutas, peinadoras de trenzas, dúos de danzas y parejas de bailes y otros cuentapropistas en funciones "costumbristas".



Los "peladores de frutas naturales" serán los más afectados, pues deberán pagar mensualmente 1,200 pesos cubanos (CUP), lo que al cambio actual significarían unos $600 dólares más de impuestos al año. Un dólar se cotiza a 24 CUP.



Peinadoras, figurantes y dandies



Mientras, las "peluqueras peinadoras de trenzas en la Nave San José (sic)" y los peluqueros tradicionales abonarán 800 CUP. Las cuotas impositivas más bajas corresponden a los figurantes, con 160 CUP, las "peluqueras peinadoras de trenzas en plazas" y los exhibidores de perros amaestrados, ambos con 190 CUP.



El resto de los oficios, enumerados en una detallada lista de 17 categorías, pagará 240 CUP mensuales. El grupo incluye cartománticas, artistas de danza folclórica, el grupo musical "Los Mambises", caricaturistas, vendedoras de flores artificiales, pintores callejeros, dandy, el dúo de danzas "Amor", la pareja de baile "Benny Moré", y el dúo musical "Los amigos", pagarán 240 CUP.



Curiosamente, el más favorecido será el personaje costumbrista del dandy, que solo tendrá que desembolsar 140 CUP.



Estarán exentos del gravamen los contratistas privados vinculados a la Oficina del Historiador, los empleados de los cuentapropistas y "el servicio de paseo de coches coloniales" vinculado a la Oficina, pero sólo durante el primer año.



La zona priorizada para la conservación donde se aplicará el impuesto comprende el área declarada Patrimonio Mundial más el perímetro de expansión de las murallas hasta el Paseo del Prado, incluyendo sus dos aceras y el Parque de la Fraternidad. También abarcará la franja costera del Malecón habanero, desde el Castillo de la Punta hasta el Parque Maceo.



Escándalo de corrupción



La Oficina del Historiador de la Ciudad de La Habana se ha visto sacudida por investigaciones gubernamentales, despidos y detenciones de empleados de la empresa adjunta Habaguanex, a causa de desfalcos y actos de corrupción que afectaron su funcionamiento en los últimos años. La prensa oficial no ha hecho mención a esos acontecimientos, que son mencionados en artículos de periodistas independientes y en cadenas de correos electrónicos que circulan en la internet desde mediados de septiembre.



Sin embargo, Leal no parece estar implicado en esos hechos, a juzgar por sus continuas apariciones en actividades públicas e intervenciones recientes en la televisión.



La ley tributaria que también entrará en vigor desde enero en todo el país busca adecuar los impuestos a una realidad con nuevas modalidades económicas y fuentes e empleo, como el cuentapropismo y los usufructuarios de tierras.



Bajo la legislación, publicada recientemente en la prensa estatal, el esquema tributario cubano quedó constituido por 19 impuestos, tres tasas y tres contribuciones especiales, y contempla una carga tributaria menor para el sector agropecuario y una exoneración de dos años para los poseedores de tierras en usufructo.



Los trabajadores por cuenta propia y los arrendadores de viviendas cotizarán un impuesto del 10 por ciento sobre los ingresos por ventas y alquileres, según establece la ley. Pero para los artistas y costumbristas que se desenvuelven en el ámbito turístico de la Habana Vieja la aportación tributaria será doblemente costosa.



LISTADO DE TRABAJADORES COSTUMBRISTAS QUE COMENZARAN A PAGAR IMPUESTOS ADICIONALES A LA OFICINA DEL HISTORIADOR DE LA CIUDAD DE LA HABANA



1. Habaneras (240 CUP)



2. Cartománticas (240 CUP)



3. Artístas de danza folclórica ( 240 CUP)



4. Grupo musical "Los Mambises" (240 CUP)



5. Caricaturistas (240 CUP)



6. Vendedores de flores artificiales (240 CUP)



7. Pintores callejeros (240)



8. Dandy (140 CUP)



9. Peluqueras peinadoras de trenzas en la Nave San José (800 CUP)



10. Peluqueras peinadoras de trenzas en plazas (190 CUP)



11. Pelador de frutas naturales (1,200 CUP)



12. Dúo de danzas "Amor" (240 CUP)



13. Pareja de bailes "Benny Moré" (240 CUP)



14. Exhibición de perros amaestrados (190 CUP)



15. Dúo musical "Los amigos" (240 CUP)



16. Figurantes (160 CUP)



17. Peluquero tradicional (800 CUP)



Fuente: Resolución 394/2012 del Ministerio de Finanzas y Precios



Tania Bruguera.

Tomado de Cafe Fuerte.

Artista cubana se propone reabrir partido político de José Martí


DetallesPublicado el Martes, 18 Diciembre 2012 03:22 Por Café Fuerte . inShare.0Powered by Agenzia Web

Tania Bruguera presentará su más reciente proyecto artístico en Key West.

Por Redacción CaféFuerte



La laureada artista Tania Bruguera, creadora de controversiales performances e instalaciones alrededor del mundo, está de vuelta en Miami con una idea que seguramente no pasará inadvertida entre sus compatriotas: reabrir el Partido Revolucionario Cubano (PRC) 120 años después de que el prócer independentista José Martí lo fundara en el exilio.



“Hasta ahora es un proyecto simbólico, pero pudiera convertirse en un proyecto real”, comentó Bruguera en una entrevista con CaféFuerte. “Es una propuesta para pensar el futuro de Cuba desde un llamamiento a la participación y al diálogo entre todas las posiciones, con cubanos de dentro y fuera de la isla”.



Bruguera lanzará su iniciativa este martes en Key West (Cayo Hueso) durante una presentación artística en el mismo lugar donde Martí diera a conocer las bases para la fundación del PRC, el 10 de abril de 1892. El evento comenzará en el Instituto San Carlos y se prolongará a otros sitios de interés históricos vinculados a Martí en la ciudad más sureña de Estados Unidos.



“Me interesa que sea un proyecto sin violencia física ni mental, capaz de propiciar un diálogo colectivo sobre el concepto de ser revolucionario”, manifestó la artista, de 44 años. “Cada ser humano tiene derecho a definir lo que es revolucionario”.



Rumbo a Cayo Hueso





La actividad de Cayo Hueso está patrocinada por la Fundación de Arte Cisneros Fontanals, que el pasado año premió a Bruguera con uno de sus programas de subvención para proyectos artísticos dirigidos a la audiencia de Miami.



Bruguera no ha cortado sus vínculos con Cuba, aunque pasa la mayor parte del tiempo entre París y Nueva York.



“Si todo el mundo va a desentenderse de la situación política del país, pues nada podrá cambiar”, afirmó. “Creo que es hora de que repensemos desde todos los puntos de vista y analicemos los cambios que se están produciendo actualmente en Cuba”.



Pero dice que no se considera no emigrante ni exiliada, sino una ciudadana del mundo, y cree inaceptable que en pleno siglo XXI alguien pueda arrogarse la decisión de prohibirle entrar al país donde nació y donde aún tiene su casa.





Bruguera considera que la palabra revolucionario ha sido coartada por el gobierno con fines políticos.



“Ser revolucionario no es estar de acuerdo con un gobierno”, señaló. “Para el gobierno cubano ser revolucionario es estar en la línea de sus decisiones, y lo revolucionario es un concepto vivo que se asocia con la renovación y la creatividad, y no puede ser establecido por decreto”.



Susurros y ataduras





Bruguera ya ha aportado más que un grano de arena al debate y la libre circulación de opiniones dentro de Cuba. Su performance El susurro de Tatlin, organizado en la X Bienal de La Habana, en el 2009, atrajo a decenas de personas convocadas a expresar su pensamiento sin ataduras en un podio ubicado en el Centro Wifredo Lam.



Al podio, flanqueado por dos jóvenes vestidos de verdeolivo, subió la conocida bloguera Yoani Sánchez, que intervino sobre el derecho a la internet para impulsar una sociedad más abierta y plural. El video del performance circuló ampliamente y causó ciertas reticencias entre las autoridades culturales cubanas.



Formada en el Instituto Superior de Arte de La Habana y en el Instituto de Arte de Chicago, Bruguera ha sido reconocida internacionalmente por sus provocadoras propuestas sobre el poder y los controles sociales. Sus creaciones han recorrido las principales citas del arte mundial, desde Documenta 11, en Alemania, hasta las bienales de Venecia (Italia), Johannesburgo (Sudáfrica), Sao Paolo (Brasil), Shangai (China) y Site Santa Fe (Estados Unidos).



El pasado año encabezó un proyecto en un apartamento de Corona, en el barrio neoyorquino de Queens, donde se sumó a un grupo de cinco inmigrantes indocumentados y sus hijos menores para vivir la experiencia de vivir con mínimos ingresos y sin seguro médico.



“Me interesa poner al artista en posición de ciudadano activo”, enfatizó la artista.



Presentación de Tania Bruguera. Crowne Plaza "La Concha", 430 Duval St, Key West. Martes 18 de diciembre, 12 pm a 1:30 pm.





Padura : Premio Nacional de Literatura 2012 en Cuba.

Tomado de Cafe Fuerte.

Leonardo Padura, Premio Nacional de Literatura 2012


DetallesPublicado el Martes, 18 Diciembre 2012 18:47 Por Wilfredo Cancio Isla . inShare.1Powered by Agenzia Web

Leonardo Padura durante una visita a Miami, el pasado noviembre. Foto: WCancio

Por Redacción CaféFuerte



El escritor Leonardo Padura, el autor más popular hoy entre los lectores cubanos de la isla, recibió el Premio Nacional de Literatura 2012, anunciaron este martes las autoridades culturales.



Un comunicado del Instituto Cubano del Libro (ICL) señaló que Padura "ha seguido lo mejor de la tradición de la novela negra para ahondar en preocupaciones sociales".



"Este es un reconocimiento muy importante para mí, por ser el primero de los escritores nacidos en los años 50 que alcanza este premio", dijo Padura en conversación telefónica desde su casa en la barriada habanera de Mantilla. "Creo que de alguna manera se abre la puerta del reconocimiento para mi generación".



El novelista, de 57 años, dijo que los lectores cubanos que viven fuera de la isla y siguen sus libros son también parte de este triunfo literario.



"Escribo pensando en el lector cubano, no importa donde esté ese cubano que comparte conmigo una cultura, una historia y una forma de interpretar la vida", afirmó el autor de El hombre que amaba a los perros (2009). "Los lectores de mis libros que viven fuera de Cuba han sido también parte de lo que he ganado".



Autor de una extensa obra narrativa, ensayística y periodística, Padura ha incursionado además como guionista de cine. Este año la película Siete Días en La Habana, con relatos suyos y de su esposa, Lucía López, reunió a siete directores internacionales que abordaron pasajes de la realidad cubana.



De visita en Miami



Padura visitó Estados Unidos a finales de octubre, invitado por universidades de Texas y Missouri, y sostuvo un encuentro con lectores, auspiciado por la Librería Universal de Miami.



En noviembre, la Casa de las Américas le dedicó la tradicional Semana del Autor, dedicada a la reflexión crítica sobre su obra. Fue la primera vez que este evento literario acoge a un escritor cubano contemporáneo.



El jurado que otorgó el galardón literario a Padura estuvo presidido por el ensayista y novelista Reynaldo González, Premio Nacional de Literatura 2003, e integrado además por Denia García Ronda, Jorge Fornet, Víctor Fowler, Cira Romero, Astrid Santana y Marilyn Bobes.



Se valoraron 18 propuestas presentadas por instituciones literarias del país. La decisión del jurado fue por mayoría.



El premio fue establecido en 1983 y es el más importante de su tipo que otorga anualmente el Ministerio de Cultura como reconocimiento a personalidades literarias naciones que hayan enriquecido el legado de la cultura cubana y de su literatura con el aporte de una obra trascendente.



La entrega del premio a Padura se realizará durante las actividades de la XXII Feria Internacional del Libro de La Habana, que se realizará del 14 al 24 de febrero próximo. La ceremonia pública está fijada para el domingo 17 de febrero en la Sala Nicolás Guillén de la fortaleza de San Carlos de la Cabaña.



Nota relacionada:



Entrevista con Padura: Cuba necesita volver a ser un país normal