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Wednesday, August 14, 2013

Sentencia de Tribunal cubano contra Carromero:

Circula en España sentencia de tribunal cubano contra Carromero

Angel Carromero, líder de Nuevas Generaciones del Partido Popular.
Angel Carromero, líder de Nuevas Generaciones del Partido Popular.
Por Miguel Fernández Díaz


La sentencia judicial cubana contra el político español Angel Carromero, acusado de homicio involuntario de los disidentes Oswaldo Payá Sardiñas y Harold Cepero, está circulando en España.

El fallo de la Sala de lo Penal del Tribunal Provincial de Granma sobre la causa penal de Ángel Carromero aparece expuesto en 14 folios y lleva fecha del 12 de octubre de 2012, sin ninguna mención al auto que, según Carromero, habría golpeado por detrás al Hyundai Accent que conducía el 22 de julio de 2012 por la carretera Las Tunas-Bayamo.
El documento indica que los abogados del bufete español Lupicinio que lo defendieron no alegaron en ningún momento del proceso la circunstancia exculpatoria del carro que lo embistió en plena vía. Según Carromero, su auto fue preseguido primero por un viejo Lada rojo y luego otro carro más nuevo, de color azul, que lo golpeó por detrás, provocando el trágico accidente.
Carromero fue liberado por las autoridades cubanas a finales de diciembre del 2012. Luego de viajar a España, fue internado en un centro penitenciario de Segovia y excarcelado semanas después con libertad condicional. El político español, líder del ala juvenil del Partido Popular, considera que el proceso judicial en Cuba fue una farsa, y asevera que sus declaraciones fueron hechas bajo amenaza y manipuladas por los interrogadores policiales.
A alta velocidad
La sentencia, a la que tuvo acceso CaféFuerte, sostiene que Carromero “provocó la lamentable muerte de dos personas por la imprudencia de conducir un vehículo a alta velocidad en una vía en estado de reparación a pesar de observar las señales de tránsito que advertían de esta situación para que adoptara las medidas necesarias de precaución, sobre todo la de reducción de la velocidad de circulación".

La sanción de cuatro años de cárcel, por debajo de la petición fiscal de siete, se impuso en virtud de que el acusado mantuvo “una actitud de pesar por las graves consecuencias de sus actos [y] cooperó” para esclarecer los hechos.

Además de la sanción principal se impuso otra accesoria de cuatro años sin poder conducir vehículos tras salir en libertad, indicó el fallo.

El tribunal dio por probado que Carromero iba a más de 100 kilómetros por hora, aunque el acusado mantuvo que nunca llegó a esa velocidad. Sin embargo, quedó claro que conducía por encima del límite previsto de 60 km/h para el tramo de tierra o terraplén.

El perito botánico Luis Catasus Guerra precisó que el Hyundai impactó un “tamarindo chino” (pithecellobium dulce), cuyo dureza del tronco explica tanto los daños que sufrió el automóvil como las consecuencias mortales.
El perito de la policía Rolando Vichot declaró que "el accidente sucedió en el horario del mediodía con excelente visibilidad” y trajo su causa del “exceso de velocidad y la errónea decisión [de Carromero] de aplicar los frenos de forma brusca”.
Deformaciones del auto

El ingeniero mecánico Misael Fontes aseveró que los “sistemas de freno, luces y dirección” del Hyundai estaban en “buen estado técnico” y los daños guardaban correspondencia con el “derrape” primero y el “impacto con el árbol” después.

El físico Jorge Alberto Cuba, perteneciente al Laboratorio Central de Criminalística, reiteró que “todas las deformaciones” del Hyundai fueron provocadas por un choque a “alta velocidad”, y que las señales de obras eran visibles a “250 metros” y permitían “disminuir considerablemente la velocidad e incluso detener la marcha”.
Asimismo, apuntó el especialista, las huellas dejadas por el automóvil indicaban “una reacción tardía” del conductor y velocidad “superior a los 100 kilómetros por hora”.

El perito Manuel Fidel Guevara precisó que en este “tramo recto de gran visibilidad” no había ocurrido “ningún accidente desde enero del 2011".

De acuerdo con el documento, Carromero fue sometido a tres exámenes médicos. El forense Manuel Felipe Ledea certificó que el estudio toxicológico sobre consumo de alcohol o drogas dio negativo. La doctora Halina Pérez acreditó que las lesiones de Carromero “tenían relación con el accidente” y la directora del Instituto de Medicina Legal, Dra. Alicia Mariene Basante, dictaminó que Carromero no presentaba síntomas de “incapacidad o deterioro para conducir".
El hombre del tractor

El testigo Wilder Rondón, lugareño que conducía un tractor por allí al sobrevenir el accidente, aseguró que el Hyundai “se desplazaba a alta velocidad” y levantó “una nube de polvo” antes de derrapar e impactar con el tamarindo chino. Rondón fue el primero que acudió en auxilio y al llegar ya Payá estaba ya muerto, según su testimonio. El dictamen forense precisa que murió al instante por “traumatismo craneoencefálico".
En declaraciones recientes desde Madrid, Carromero dijo que él perdió el conocimiento tras el impacto y que en el el hospital recibió versiones distintas sobre los que habían sido trasladados con vida al hospital. Su consideración es que "la Seguridad del Estado asesinó a Payá".

En la sentencia, Lázaro Miguel Parra declara que circulaba en su coche por la misma carretera y declaró haber sido “adelantado por un vehículo de turismo de color azul". Llegó a ver la polvareda que precedió al accidente y auxilió a las víctimas.

José Antonio Duque, otro lugareño, venía en bicicleta y declaró también que fue “adelantado por un auto de color azul a alta velocidad”.

Testigos y peritos practicaron tres veces la diligencia de reconstrucción de los hechos, ante todo para precisar la velocidad con que conducía Carromero, y la conclusión fue que venía “a una velocidad superior a la establecida para este tramo”.
Las heridas de Payá

El policía Yoandris Rodríguez declaró que Carromero reconoció en el centro médico “que había visto la señal que representaba peligro, pero no la había tenido en cuenta”.
Dos empleados de la entidad en que Carromero alquiló el Hyundai Accent, con chapa T31402 que aparece en las fotos, asistieron al juicio. Los datos de la foto se corresponden con el contrato de alquiler.

Los jueces fallaron que Carromero “provocó la muerte a dos personas que viajaban en el mismo vehículo que él conducía infringiendo las normas de tránsito”. Se detallan las heridas que sufrieron Payá y Cepero.
En toda la sentencia no figura ninguna referencia política. La familia de Payá está solicitando una investigación independiente de carácter internacional por considerar que tanto la investigación del caso como el proceso judicial carecen de validez. El juicio transcurrió a puertas cerradas en Bayamo el 5 de octubre y la condena se conoció 10 días después.
La sentencia acaba de resurgir a raíz de la polémica desatada por el catedrático de Derecho Penal Enrique Gimbernat con su columna "Un convenio que debe ser respetado", aparecida en El Mundo el pasado 9 de agosto. Gimbernat cuestionó las declaraciones de Carromero en una entrevista publicada en el mismo diario.
Carromero replicó el 12 de agosto con el artículo "En Cuba no existe Estado de Derecho" y Gimbenart volvió este miércoles a la carga con otra columna, titulada "Pacta sunt servanda", insistiendo en que el tratado bilateral entre Cuba y España sobre ejecución de sentencias penales debe ser cumplido de buena fe.
Primera hoja de la sentencia de Angel Carromero en Tribunal Provincial de Granma:
Sentencia de Carromero